CONSECUENCIAS DE LA FALTA DE UNA POLÍTICA AMBIENTAL COHERENTE

En el día de ayer por 4 de diciembre de 2019, hemos podido verificar desde EAyT EDUCACIÓN, AMBIENTE y TRABAJO, las mutilaciones inferidas a la Flora Autóctona del Parque Recreativo Educativo Natural Protegido Sol y Río, creado por Ordenanza N° 4871 del año 2007, incluido dentro de las Ex Área Protegida AP1, actual Área Camiare ( Ver Ordenanzas N° 4871/07 Creación del Parque Recreativo-Educativo Natural Protegido Sol y Río, N° 6010 (Intangibilidad del Cordón Montañoso – Agrega inc. i1;  i2;  i3 a 3.1.1 División del Ejido Municipal en Zonas – Agrega ítems al Art 1.3.2 Lista de Definiciones - Modifica 4.1.13 Aéreas Protegidas – Modifica 4.1.13.1 Área Protegida 1 – Agrega inciso 9.9.1. ) y6478 (Aprueba Plan de Manejo Area Protegida - Primera Etapa y Modifica el Art. 4.1.13 -Áreas Protegidas de la Ordenanza 4021  ) e

 

 

 

 

RESPECTO A ARBOLADO URBANO

BALNEARIO BARRIO SOL Y RÍO

 

 

 

DENUNCIA PRESENTADA ANTE LA DEFENSORÍA DEL PUEBLO DE VILLA CARLOS PAZ

5 DE DICIEMBRE DE 2019

 

 

AL DEFENSOR DEL PUEBLO DE VILLA CARLOS PAZ

DR DANIEL MOWSZET

De mi consideración:

Juan Carlos Antonio Paesani, DNI 4.986.184, domiciliado en Barrio Sol y Río, Calle Benito Quinquela Martín ( este) N° 284, de esta ciudad de Villa Carlos Paz, se dirige a Usted para decir lo siguiente:


1) En el día de ayer por 4 de diciembre de 2019, he podido comprobar los desastres que han hecho con árboles Autóctonos en la Reserva Protegida CAMIARE, Ex Área Protegida AP1, en el Parque Recreativo Educativo Natural Protegido Sol y Río. Existen Ordenanzas al respecto, a saber:

https://www.villacarlospaz.gov.ar/digestolm/mostrardocumentos.php?id=597
y
https://www.villacarlospaz.gov.ar/digestolm/mostrardocumentos.php?id=1157

Por lo que se ve en éstos videos (  por mí realizados ) las Ordenanzas han Sido violentada

https://youtu.be/n9zdPNVtQ-8

https://youtu.be/7cKb1nPy-uE

Y no es de ahora, si no de muchos años. Llama la atención además que este " Plan de Podas" en la ciudad y en este Barrio Sol y Río, se haga en época vedada desde el punto de vista técnico, ya que la savia corre por los árboles, luego de agosto hasta el mes de mayo siguiente.

Ayer he hablado con la Arquitecta Bina y fue infructuoso poder comunicarme con Espacios Verdes. En el día de hoy he hablado con la Dirección de Ambiente, siendo atendido por la Secretaria.

Le he expuesto sobre el daño inferido a árboles del patrimonio de Villa Carlos Paz de muchísimos años y en zona Protegida.

Hoy una cuadrilla quería hacer una " limpieza" del Parque en la zona de cuña boscosa Autóctona, y los he emplazado a abandonar esos trabajos amparándome en la Carta Orgánica ( deberes y derechos de los ciudadanos). Solicito de la Defensoría que gestione una reunión con funcionarios de Ambiente y integrantes del Centro Vecinal y Ciudadanos.

No es posible que se sigan inobservando Ordenanzas y ejecutando prácticas que contrarían el sentido común.

Solicito la urgente intervención de la Defensoría a los fines de tratar, lo que sintéticamente expreso en esta denuncia.

Saludo muy atte

Juan Carlos Antonio Paesani
EAyT EDUCACIÓN AMBIENTE y TRABAJO


Para ver más videos de impactos cometidos:

CANAL FUNEAT

http://www.youtube.com/fundacionfuneat

CANAL EA yT

https://www.youtube.com/channel/UCq02ST0vrutrK8vSlHb4lww/videos?disable_polymer=1&app=desktop

 

¿QUIÉNES LOS RESPONSABLES?

 

En la ORDENANZA N° 6478, queda perfectamente establecido quiénes son los responsables del "PLAN DE MANEJO". Entonces nos preguntamos¿ Por qué cometen semejantes barbaridades y tropelías? Ya hace cuestión de un mes enviaron una pala mecánica, según lo especificaron operarios, por orden de la Arquitecta Liliana Bina, funcionaria del Área Ambiente, a remover basuras y escombros, que dejaron luego del adoquinado de calle Benito Quinquela Martín (Este) Barrio Sol y Río. Fueron dispersados en el área del Parque donde está la cuña del Bosque Autóctono, no sin antes arrasar el suelo con los renovales que intentaban vivir. ¿Idoneidad ?

¿Entenderán del Municipio de Villa Carlos Paz que deben enviar gente idónea, como idóneas deben ser las resoluciones de los Funcionarios? El Quebracho Blanco mutilado en el día de ayer (verificación), tiene más de 200 años y posiblemente sufra consecuencias sumamente negativas que van a poner su existencia como patrimonio de la ciudad de Villa Carlos Paz.

Las Ordenanzas Señores Funcionarios están para ser aplicadas, no para las fotografias. ¿ Recuerdan la N° 6478 ? No es risa lo escrito, por lo menos para nosotros. Hay un quebracho blanco de más de 200 años que corre el peligro de desaparecer por los daños producidos.

 

camiare presentacion

 

camiare 2

del sitio Facebook DIRECCIÓN DE AMBIENTE MUNICIPALIDAD VCP

 

 

ORDENANZA N° 6478 DE LA CIUDAD DE VILLA CARLOS PAZ

 

EL CONCEJO DE REPRESENTANTES DEL MUNICIPIO DE VILLA CARLOS PAZ

Sanciona con fuerza de

O R D E N A N Z A

ARTÍCULO 1º: APROBAR el Plan de Manejo del Área Protegida de Villa Carlos Paz-Primera Etapa, que forma parte de la presente.

 ARTÍCULO 2º: El órgano de aplicación del Plan de Manejo será la Secretaría de Desarrollo Urbano Ambiental (SDUA), por intermedio de la Dirección de Planeamiento Físico y Ambiente– Área Plan de Manejo- o el órgano que en el futuro la sustituya.

 ARTÍCULO 3º: CREAR la Comisión Asesora del Plan de Manejo del Área Protegida AP1, en adelante MAP, la que dependerá y desarrollará sus actividades en el ámbito del Consejo de Planificación Urbano Ambiental (CPUA), y estará conformada por:

- La Unidad Técnica del CPUA

- El responsable del Área Plan de Manejo

- Representante de la Administración de Parques Nacionales (APN) Intendencia Parque Nacional   el Condorito.-

- Técnico/s especialista/s a cargo de los distintos Programas del Plan de Manejo tales como: Programa de Educación Ambiental y Difusión; Programa de Conservación del Área Protegida y otros.

ARTÍCULO 4°: Serán funciones de la Comisión Asesora del Manejo del Área Protegida AP1 (MAP):

-Elaborar la segunda etapa del Plan de Manejo del AP1, definiendo los programas y proyectos y plan de evaluación y seguimiento de los mismos, así como los recursos necesarios para su desarrollo.-

- Dictaminar sobre los Planes de Manejo de proyectos presentados.-

- Gestionar interjurisdiccionalmente el manejo de las áreas de protección, buscando la continuidad del AP1 en la microrregión de Villa Carlos Paz

- Gestionar ante la Dirección de Obras Privadas el control de la ocupación de las distintas zonas del Área Protegida de la ciudad.

- Coordinar los procesos participativos para la toma de decisiones sobre el Área Protegida.

- Promover la Conservación del Ambiente del Área Protegida de Villa Carlos Paz y los proyectos que de ésta se deriven según lo pautado en el Plan de Manejo.

- Promover la Educación Ambiental y difusión del valor paisajístico, geológico y legado histórico del Área Protegida de Villa Carlos Paz.

- Realizar los estudios técnicos necesarios para el desarrollo de los Programas del Plan de Manejo.

- Elevar a la Comisión Honoraria del CPUA las recomendaciones que surjan en el seno de la comisión de Manejo del Área Protegida, para toda acción y/o proyecto de regulación del Área Protegida para su elevación al Concejo de Representantes y/o Departamento Ejecutivo según corresponda.-.

ARTÍCULO 5°: MODIFICAR el artículo 4.1.13 - Áreas protegidas de la Ordenanza Nº 4021 incorporando el mapa de zonificación actual (Anexo Nº3 del Plan de Manejo que se adjunta) y el párrafo que quedará redactado de la siguiente manera:

“4.1.13.- ÁREAS PROTEGIDAS-

Todos los proyectos públicos o privados y/o acciones de cualquier índole que afecten el territorio alterando sus condiciones ambientales, deberán ser presentados ante el Concejo de Representantes, cumplimentando las condiciones establecidas en el Plan de Manejo de AP1 y sus anexos correspondientes.-

Los proyectos deberán ser aprobados por el Concejo de Representantes, por el sistema de doble lectura y Audiencia Pública, previo dictamen del CPUA con intervención de la Comisión Asesora del Plan de Manejo del Área Protegida AP1 (MAP).”

 ARTÍCULO 6°: Los gastos que demande el cumplimiento de la presente serán atendidos con fondos del Programa 37-74-745- Plan de Manejo- del Presupuesto General de Recursos y Gastos vigente o la que en futuro la sustituya.-

ARTÍCULO 7º: GIRAR al Departamento Ejecutivo Municipal para su promulgación.-

 ORDENANZA Nº: 6478

 VILLA CARLOS PAZ, 28 de febrero de 2019.

 ________________________

Integrantes:

Consejo de Planificación Urbano Ambiental

  •  Arq. Liliana Cristina Bina
  • Lic. en Educación Ambiental Regina Losada Weht
  • Dra. Arq Mónica Martínez
  • Arq. Nazareth Paz Margonari
  • Lic. Laura Colladon
  • Lic. en Geografía Juan Manuel Echecolanea
  • Lic. en Comunicación Virgina Donato
  • Sra. Miriam Birchmeyer

 Aula Ambiental

  • Tec. Danilo Castillo
  • Ing. Tec Agrícola Soledad Lescano
  • Ing. Forestal Ignacio Ibarra.

 Dirección de Parques Nacionales

  • Intendente del Parque Nacional Quebrada del Condorito, Sergio Acosta

 

 

ANEXO Nº 1 Proceso de elaboración participativa del Plan de Manejo de AP1

 

El proceso de elaboración participativa del Plan de Manejo se encuadra en el enfoque de Manejo Adaptativo, que desde su diseño inicial permite avanzar con lineamientos y acuerdos estratégicos a la vez que brinda flexibilidad al proceso, tanto para afrontar problemas, como para aprovechar oportunidades emergentes.

 La Guía para la elaboración de Planes de Gestión de Áreas Protegidas, elaborada por la Administración de Parques Nacionales (2010), sienta las bases para todo el proceso de planificación y asegura una coherencia interna en el plan, así como un continuo seguimiento y evaluación de cada etapa.

 La participación ciudadana es el eje principal del Plan de Manejo del Área Protegida de Villa Carlos Paz, ya que se visualiza al área como un espacio educador, con la misión de restaurar el bosque nativo serrano y sus servicios ecosistémicos, conservar el atractivo paisajístico de las montañas y poner en valor su importancia geológica. Se pretende recuperar la historia de ocupación humana de este territorio y legar a las futuras generaciones la oportunidad de un desarrollo humano sustentable y saludable,  como resultado de buenas prácticas socio-ambientales.

 Se detallan a continuación las instancias que permitieron avanzar en este proceso de elaboración participativa, plasmadas en el Plan de Manejo del AP1 Etapa I. En tanto, Para la Etapa II se preveen nuevas instancias de avance.

 La ampliación de la información sobre cada instancia se desarrolla en informes específicos, a los que se puede acceder mediante el link correspondiente a este anexo:

(Mencionado en Ordenanza):  https://drive.google.com/drive/folders/1VnEbsbbxXABRhn_6o8tkUASCJ5jAZYj_?usp=sharing 

(Link que se debiera haber mencionado: https://drive.google.com/drive/folders/1izdxhJMP-8UIS8HmEM99PBZxnTKdWHPh )


Proceso de elaboración participativa del Plan de Manejo de AP1 - ETAPA I

 

Fecha

(año2018)

Instancia de avance

Breve descripción

Nombre del documento en el Link de acceso.

Abril

Reuniones iniciales

Formación del Equipo de Planificación[1] y establecimiento de acuerdos sobre objetivos, metas, metodología y plazos para elaborar el Plan de Manejo de AP1.

 

Abril

Revisión y digesto de información.

 

Visitas varias al AP1.

Se analizó la información preexistente y se realizaron visitas a diferentes puntos de interés del área protegida.

1-ESTUDIO DEL ÁREA PROTEGIDA.

2-PUBLICACIONES SOBRE LA FALLA DE VILLA CARLOS PAZ.

3-TESIS SOBRE EMISIONES DE GASES DEL EFECTO INVERNADERO.

4-INFORME DE VISITA AL AP.

 

Abril

Definición de esquema de planificación

 

Se propuso un esquema de planificación contemplando la participación ciudadana, el asesoramiento técnico y el anclaje legal y administrativo de todo el proceso.

5-ESQUEMA DE PLANIFICACIÓN

Abril - Mayo

Talleres internos equipo de planificación.

 

Se realizaron talleres internos en los que se avanzó en un análisi FODA, identificación de necesidades para la planificación del AP, importancia del AP, valores de conservación,  misión-visión, objetivos.

6-TALLER INTERNO DIAGNÓSTICO – NECESIDADES – PLANIFICACIÓN

7-TALLER INTERNO MISIÓN – OBJETIVOS – VALORES

 

Mayo

Taller y consulta sobre los Valores de conservación del AP1.

Dada la importancia de este aspecto se realizó un taller específico sobre los valores de conservación y se consultó a especialistas y otros actores para su profundización. Los resultados fueron insumo para el trabajo durante los talleres participativos.

8-VALORES DE CONSERVACIÓN TALLER INTERNO Y CONSULTA

9-DEVOLUCIÓN DE CONSULTA A ESPECIALISTAS.

 

Junio

Campaña del nombre

 

Para iniciar y motivar la participación ciudadana se propuso esta instancia.

10-CAMPAÑA DEL NOMBRE PDF Y FLYER

Julio

Taller con CPUA completo y

Taller con Concejo de Representantes

Con la intención de fortalecer el proceso se realizó la puesta en común y discusión sobre todos los avances y propuestas para la planificación participativa con CPUA y con el Concejo de Representantes.

 

Agosto

Taller de Manejo del Fuego

 

Dada la especificidad y prioridad de la temática se organizó dicho taller, en el que participaron personas afines al tema.

11-INFORME TALLER MANEJO DEL FUEGO

12-NORMATIVA PLAN PROVINCIAL DE MANEJO DEL FUEGO

Agosto

Reunión con Comité de Gestión de la Reserva Militar La Calera

Se realizó una reunión con el Comité de Gestión de la Reserva Militar La Calera, para aunar esfuerzos y crear sinergia en la gesión ambiental del territorio .

 

Septiembre

Talleres participativos (3)

 

Se convocó a la comunidad toda a participar de los talleres de elaboración del plan. Se realizaron tres talleres a los que asistieron más de 200 personas, integrantes de organizaciones, instituciones y colectivos en general. Los resultados de estos talleres fueron el principal insumo para la elaboración del plan.

13-TALLER PLAN DE MANEJO AP1

14-MATERIAL COMPLEMENTARIO PRIMER TALLER

15-PRESENTACIÓN

16-INFORME PRIMER TALLER

17-INFORME SEGUNDO TALLER

18-INFORME INTEGRADOR 1 Y 2 TALLER.

Septiembre Octubre

Reuniones varias

-Reunión sobre tema fuego: se realizó una reunión para ajustar aspectos que quedaron pendientes del taller. Aún falta realizar nuevas reuniones.

-Reunión sobre Recopilación histórica y armado del grupo de Legado e Identidad.

-Reunión con Sec. de Turismo Provincial, para la integración del AP1 en el circuito geológico-minero

-Reunión grupo Scouts: para definir avances del comodato y los proyectos vinculados a las Ex-canteras.

 

Los resultados de estas reuniones quedaron plasmados en el documento del plan y pendientes de ser desarrollados en la Etapa II.

Noviembre

Taller interno equipo de planificación: Zonificación del AP

 

Se profundizó en el análisis y aplicación de la zonificación de AP1, especialmente en las condiciones de uso y la delimitación de los sitios por cada unidad de manejo.

El resultado de este taller quedó incorporado en el plan como Unidades de Manejo y en los Anexos que definen las condiciones de uso para dichas zonas.

Noviembre

Visitas a zona de Ex- Canteras

 

Reuniones de trabajo en zona de Ex-canteras con Fundación PANGEA, Grupo Scouts y profesionales de CICTERRA para puesta en valor de la Falla Carlos Paz y otros valores del área.

 

Septiembre a Noviembre

Recepción de consultas y demandas de la comunidad.

Dada la iniciación de este proceso y la visibilización del equipo de planificación surgieron avisos y demandas de la comunidad sobre intervenciones en el AP1.

 

Noviembre

Redacción del documento de Plan de Manejo y proyecto de Ordenanza aprobatoria

Se realizó la redacción del plan de Manejo Etapa I y el proyecto de Ordenanza para aprovar el plan y dar forma a los requerimientos de implementación del mismo.

19-PLAN DE MANEJO ETAPA I.

 

Noviembre

Plenaria CPUA para evaluación del plan y organización del foro urbano-ambiental

Se realizó la plenaria de CPUA evaluando en lo avanzado, el documento y la ordenanza y se acordó la realización del FORO URBANO-AMBIENTAL.

 

 

[1] Equipo conformado por integrantes del Consejo de Planificación Urbano Ambiental, Aula Ambiental, técnicos contratados por el municipio y la Administración de Parques Nacionales: Arq. Liliana Cristina Bina, Lic. Laura Colladon, Lic. en Comunicación Virginia Donato,  Dra. Arq. Mónica Martínez, Arq. Nazareth Paz Margonari, Lic. En Geografía Juan Manuel Echecolanea, Miriam Birchmeyer, Téc. Danilo Castelli, Ing. Téc. Agrícola Soledad Lescano e Ing. Forestal Ignacio Ibarra, Lic. en Educación Ambiental Regina Losada Weht.

___________

ANEXO Nº 2: MARCO NORMATIVO PARA EL AP1

El presente Anexo reune las normativas nacionales, provinciales y municipales que sustentan la existencia y regulación del AP1. En primera instancia se mencionan todas las normativas vigentes y a posteriori se indica el link para acceder al compendio completo de normas, a fin de brindar una herramienta para el manejo adecuado del área protegida.

1.     Normativas Nacionales vinculadas a AP1

 Constitución Nacional Argentina: que en los Artículos 41 y 42 declara el derecho a un ambiente sano, sustentable, preservado y jurídicamente amparado.

  • Ley Nº 22428/81 - Conservación de Suelos.
  • Ley Nº 25675/02 - Política Ambiental Nacional.
  • Ley Nº 25688/02 - Régimen de Gestión Ambiental de las Aguas.
  • Ley Nº 25831/04 - Régimen de Libre Acceso a la Información Pública Ambiental.
  • Ley Nº 26331/07 - Presupuestos Mínimos de Protección Ambiental del Bosque Nativo.
  • Ley Nº 26815/12 - Manejo del Fuego.
  • Convenio Marco de Cooperación entre el Ministerio de Defensa y la Administración de Parques Nacionales. Espacios Naturales de Interés para la Conservación (ENIC). Año 2007.

2.     Normativas de la Administración de Parques Nacionales que sirven de referencia para la regulación de AP1

 Guía para la elaboración de planes de gestión de áreas protegidas, Administración de Parques Nacionales, 2010.

  • Reglamento para la Evaluación de Impacto Ambiental en la Administración de Parques Nacionales, 2016.
  • Directrices para la zonificación de las áreas protegidas nacionales, Administración de Parques Nacionales, 2002.

3.     Normativas Provinciales vinculadas a AP1

 Ley Nº 5589/73 - Código de Aguas para la Provincia de Córdoba.

  • Ley Nº 6964/83 - Áreas Naturales de la Provincia de Córdoba.
  • Ley Nº 7343/85 – Principios rectores para la preservación, conservación, defensa y mejoramiento del ambiente.
  • Ley Nº 7773/89 - Comité de la Cuenca del Lago San Roque.
  • Ley Nº 8866/91 – Conservación y manejo de Bosques.
  • Ley Nº 8301/93 – Modificatoria del manejo de la Cuenca del Lago San Roque.
  • Ley Nº 8751/99 - Manejo del Fuego.
  • Ley Nº 8941/01 - Creación del Área Natural protegida “Reserva Hídrica Los Gigantes”.
  • Ley Nº 9814/10 - Ordenamiento Territorial de Bosques Nativos de la Provincia de Córdoba.
  • Ley Nº 9841/10 – Regulación de los usos del suelo en la región metropolitana de Córdoba.
  • Ley Nº 10208/14 - Política Ambiental de la Provincia de Córdoba.

4.     Normativas Municipales vinculadas a AP1

 Carta Orgánica Municipal (2007), que en los artículos 11, 12, 14, 15 y 77, sustenta lo concerniente al territorio afectado al AP1.

  • Ordenanza Municipal Nº 3349/98: mediante ésta en el año 1998 se crea el área protegida (AP1), afectando una superficie de 2193.59 Ha a la conservación de los recursos naturales y culturales de las laderas de montaña de Villa Carlos Paz. Dicho territorio está inserto en la Categoría I (zona roja) de máxima protección ambiental de la Ley Provincial Nº 9814 /10 de Bosques Nativos de la Provincia de Córdoba.
  • Ordenanza 4021/02: rige para el área protegida el Código de Edificación y Urbanismo de Villa Carlos Paz, que a través de los articulados 3 y 4 regula su zonificación y su condición de uso. Diferentes Ordenanzas modificatorias de ésta fueron avanzando en las condiciones de manejo y gestión, como lo son:
    • La Ordenanza Nº 4280/2004, con la Prohibición de modificaciones, fraccionamientos y subdivisiones.
    • La Ordenanza Nº 5310/2010: con la delimitación geométrica de la poligonal afectada al AP1, recomendada por CPUA.
    • La Ordenanza Nº 6010/2015: de Intangibilidad del Cordón Montañoso, que Zonifica el área protegida y encomienda al CPUA la elaboración del Plan de Manejo; estableciendo también definiciones y usos para las Zonas del AP1.
    • La Ordenanza Nº 6376/2018: que contempló las Dimensiones de Lotes por zonas.

5.     Otras Ordenanzas vinculadas a los Valores de Conservación:

  • Ordenanza Nº 3722/00: que regula la Entidad Intermunicipal-Comunal para el Manejo Ambiental de la Cuenca del Lago San Roque.
  • Ordenanza Nº 5650/2012: Relacionada con Atractivo Paisajístico y Ordenamiento Ambiental, que modifica la Ordenanza Nº 4021, determinando la Altura de las Edificaciones por zona.
  • Ordenanza Nº 6051/2015: Relacionada con Bosque Nativo, que hace referencia a las especies de arbolado urbano a utilizar y su distribución.
  • Ordenanza Nº 6151/16: que define las Áreas de interés ambiental de la Ciudad.

  Link para acceso al compendio de normativas:

https://drive.google.com/drive/folders/1VnEbsbbxXABRhn_6o8tkUASCJ5jAZYj_?usp=sharing




Documentos Relacionados:
Nro Ordenanza Decreto Resolucion NroContrato Detalle Tema  
6522 Designa CAMIARE Área Protegida Villa Carlos Paz AP1 2 - Edificación y Urbanismo  
4021 Código de Edificación y Urbanismo de la Ciudad de Villa Carlos Paz 2 - Edificación y Urbanismo  

 

Obvio que la "poda" destructiva del arbolado urbano, en épocas que no deben hacerse, tendrán su consecuencias. Desde EA yT EDUCACIÓN, AMBIENTE Y TRABAJO, además hemos hecho una denuncia al teléfono 147 del Municipio de Villa Carlos Paz N° 58.460 el día miércoles 4 de diciembre de 2019, 11:35 horas.

 

DÍA 5 DE DICIEMBRE DE 2019: RESPUESTA DE LA DEFENSORIA DEL PUEBLO

Siendo aproximadamente las 13:05 del día 5 de diciembre de 2019, nos habló un asesor letrado de la Defensoría del Pueblo de Villa Carlos Paz, a los efectos de acusar recibo de la denuncia presentada y nos explicó que acciones promoverían. Entre una de ellas, una reunión con autoridades del Centro Vecinal de Barrio Sol y Río, Área de Ambiente de la Municipalidad de Villa Carlos Paz.

 

ANTECEDENTES

Con fecha 25 de febrero de 2019 mediante expediente Número 173.320, dirigida al Sr intendente de la ciudad de Villa Carlos paz, asunto: los vecinos solicitan se de inmediato cumplimiento efectivo a la ordenanza número 4871/07 con personal idóneo, mantenimiento que corresponde del Parque Recreativo educativo Natural Protegido Sol y R ío que está dentro del área protegida AP1 ( actual CAMIARE) en abandono desde hace años, falta de iluminación, falta de seguridad.
Con misma fecha se envió la misma nota al Consejo de representantes de Villa Carlos paz.
Igualmente misma nota al Defensor del Pueblo de Villa Carlos Paz.

 

CPUA CONSEJO DE PLANIFICACIÓN URBANO AMBIENTAL

El CPUA CONSEJO DE PLANIFICACIÓN URBANO AMBIENTAL, también tiene sus responsabilidades y deberían recordar lo siguiente:

El Ingeniero Agrónomo Mario Limonti -especialista en manejo de arbolado- se refirió a los beneficios del árbol en cuanto a calidad ambiental, regulación del clima, saneamiento del aire, mejora del paisaje urbano y calidad de vida de la población, entre otros puntos. ( 17 DE MAYO DE 2012). Está en la página institucional del CPUA.

 

camiare limonti

sitio CPUA

 

OTRO EJEMPLO DEL ABANDONO DEL PARQUE RECREATIVO-EDUCATIVO NATURAL PROTEGIDO SOL Y RÍO

Funcionarios vieron el estado de este algarrobo que necesitaba una cuna o soporte. Sin embargo terminó en el suelo.

 

 

 

UNA CARTELERÍA QUE NO EXISTE MÁS

El mismo Municipio desconoce el verdadero nombre de ésta parte de las Áreas Camiare

 

 

 

UN ABANDONO CRÓNICO

 

 

CLAROS Y OSCUROS DEL ARBOLADO URBANO EN VILLA CARLOS PAZ

VARIOS VÍDEOS - VER EN ENLACE INFERIOR

 

 

MÁS VÍDEOS : ENLACE A LA PAGINA DE FUNEAT

 

LO QUE SE PIDE DESDE HACE MUCHÍSIMOS AÑOS

 

 

arboles
Ergonomía
Meteorología
Climatología
Legislación Ambiental
Legislación Laboral
Sociedad-Ambiente
Suelo-Agua-Aire
Cambio Climático
Fotografías-Vídeos
Foros-Asambleas
Programa radial Tripalium
Blogs
banner y
BANNER

Quienes somos

Trabajo
Iniciativas
Involúcrese
Enlaces
Publicaciones
Investigadores
Archivo
Extensión Educativa
Proyectos
Regionales
Contacto

banner paisaje